Abstract:
Sostendremos que la noción que afirma que los funcionarios públicos poseen una vida privada disminuida, adoptada por el Consejo Para la Transparencia, no solo contradice lo que al respecto se desprende de la Constitución y de la Ley de Acceso a la Información, sino también de lo que ha sostenido el Tribunal Constitucional y los tribunales superiores de justicia. Dicho predicamento es débil, además, a la luz de sus propias premisas, entre otros motivos, porque no contribuye a los propósitos de la libertad de información en que dice fundarse.