Domínguez, Ramón2021-10-072021-10-072010Revista Chilena de Derecho Privado Diciembre 2010 , Nº 15, pp. 9-28 [diciembre 2010] Los límihttp://dx.doi.org/10.4067/S0718-80722010000200001http://hdl.handle.net/11447/4795El principio de reparación integral es uno esencial en la responsabilidad civil del presente. Su contenido impone que la medida de la reparación corresponda con la entidad del daño causado, dejando fuera cualquiera otra consideración. No obstante, en ciertos casos, ese principio reconoce límites o excepciones de diverso origen y por variados fundamentos. Con todo, ninguna de ellas supone una derogación del mismo. Por el contrario, todas son plenamente compatibles con su reconocimientoesdañoreparación integralresponsabilidad civilLOS LÍMITES AL PRINCIPIO DE REPARACIÓN INTEGRALthe LiMITS of the PRINCIPle of full REPARAtioNArticle