Munita Marambio, Renzo2021-08-232021-08-232020Jurídicas, 2020, vol.17 (1):187-202https://dx.doi.org/10.17151/jurid.2020.17.1.10http://hdl.handle.net/11447/4428Este trabajo tiene por objeto abordar la integración del riesgo en esquemas de responsabilidad civil vigentes en algunas latitudes. En el ejercicio se han revisado con especial interés fuentes normativas y de doctrina propias del derecho chileno como francés de la responsabilidad civil. Se concluye en que la consecuencia inmediata del riesgo, en cuanto fundamento del instituto resarcitorio, obedece a la formación de modelos de responsabilidad sin culpa, llegando en Francia a sentar las bases de un principio general de responsabilidad estricta por el hecho de las cosas. Nos manifestamos por suscribir el planteamiento en el que subyace el indicado principio; lo entendemos como una alternativa efectiva en aras de armonizar las alteraciones que provoca la multiplicación de esquemas sectoriales. Si bien en Chile el fenómeno aún no se presenta con fuerza, consideramos pertinente postular prospectivamente la herramienta, adoptando como parámetro la experiencia francesa.esResponsabilidad estrictaRiesgoDañoInnovaciónVíctimaSobre la integración positiva del riesgo como fundamento de la responsabilidad civil y algunas de sus consecuencias desde la experiencia jurídica chilena y francesaOn the positive integration of risk as a foundation of civil liability and some of its consequences from the Chilean and French legal experienceArticle